La Carta de Derechos, Sección 11, Párrafo 5to. del Artículo
II de la Constitución del Estado Libre Asociado, referente al derecho
a la fianza, establece que:
"Todo acusado tendrá derecho a quedar en libertad bajo fianza antes
de mediar un fallo condenatorio."
Mediante este Referéndum se propone enmendar dicho párrafo
para que lea:
"Todo acusado tendrá derecho a permanecer en libertad bajo fianza
antes de mediar un fallo condenatorio, excepto cuando haya sido previamente
convicto por delito grave, se le impute la comisión de uno o más
delitos graves serios y represente amenaza para la comunidad."
|